Chihuahua, Chih. a 27 de octubre
de 2017.- En relación a los hechos ocurridos ayer, un grupo de mujeres,
hombres, personas adultas mayores, niños y niñas fueron agredidas de manera
desproporcional por más de 100 policías
municipales de Chihuahua al servicio de la Inmobiliaria y Negocios Reveco para
realizar el desalojo a una humilde familia en el Fraccionamiento Chihuahua
2000.
La familia Ortiz Leal, como
muchas familias chihuahuenses solicitaron un crédito para adquirir su vivienda.
Con el tiempo entraron en una crisis económica que les impidió estar al
corriente de sus pagos, por lo que se inició un juicio civil en su contra. La
deuda fue comprada por la Inmobiliaria y Negocios Reveco, quienes se dedican a
comprar viviendas a precios irrisorios, las revenden a varias veces su valor,
desalojando a cientos de familias sin ninguna consideración, lucrando así con
la desgracia ajena.
Actualmente, la familia se encontraba
en negociaciones para saldar la deuda por $ 350,000 pesos y poder conservar su
casa. No obstante, la Inmobiliaria Reveco, que adquirió la vivienda por $ 60,000,
solicitó un amparo a fin de que se
autorizara suficiente personal de cuerpos policiacos y uso de la fuerza pública
para desalojar a la familia. El amparo fue concedido por el Juez Segundo de
Distrito, Arturo Alberto González Ferrero.
Ante la posibilidad de desalojo, vecinos,
familiares e integrantes de organizaciones sociales acudieron en solidaridad
para impedirlo. Como respuesta, la policía municipal de Chihuahua bajo la
dirección de Gilberto Loya, utilizó un uso desmedido de la fuerza, quebrando
ventanas y lanzando bombas de gases lacrimógenos para asfixiar a la gente que
se encontraba dentro en una pequeña superficie, lo que resulta excesivo. Posteriormente,
evitaron la salida de las personas que se encontraban ahí, lo que provocó que
personas que se encontraban al interior, tuvieran que quebrar con las manos las
ventanas porque se estaban asfixiando e incluso un menor de edad que habita la vivienda
se lanzó desde un segundo piso ante la desesperación.
El actuar de la policía fue innecesario y completamente desproporcional
frente a la situación que se estaba viviendo con personas adultas mayores,
niños, niñas y mujeres que se encontraban en total estado de indefensión.
Además, quisieron justificar su acción, mintiendo frente a los medios de
comunicación diciendo que habían herido a los agentes de la policía con agua
hirviendo, lo cual no es cierto pues existen videos que dan cuenta del momento
en que les arrojan agua y que no provoca quemaduras u alguna otra reacción que
normalmente se tiene.
Como es de conocimiento de la
ciudadana, en 1994 luego de una crisis
bancaria, El Barzón agrupó a personas
deudoras que llegaron por miles a defender el derecho humano a una vivienda
digna, entonces no había familia que no hubiera sido víctima de la usura
bancaria. Actualmente engrosan el
movimiento social Barzonista, los más pobres y con grave riesgo de perder su
patrimonio.
Ahora, nuevamente vivimos una
crisis hipotecaria, con la diferencia de que es en los sectores económicos más
vulnerables, miles de familias no pueden pagar sus créditos principalmente
porque pierden sus empleos y son víctimas de fraudes en la compra de sus
viviendas. Los están demandando y sin posibilidad de defensa legal, están
siendo desalojados.
Desde El Barzón demandamos que se
negocie para que las familias no pierdan su patrimonio, pero encontramos oídos
sordos, al contrario, las empresas fraudulentas se declaran en quiebra,
nuestros créditos los adquieren los especuladores a precios irrisorios, los
revenden a varias veces su valor, contratan despachos de abogados buitres sin
escrúpulos, sin importarles nada más que obtener jugosas ganancias a costa de
desalojar a humildes familias.
Recordemos, la vivienda es un
derecho humano reconocido tanto por el artículo 4º de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos como por algunos tratados ratificados por el
Estado mexicano dentro de los que se encuentran el Pacto Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales (art. 11), la Convención sobre la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, CEDAW (art.
2.h) y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (art.
28).
De conformidad con los estándares
internacionales, que se establecen en los Principios Básicos sobre el Empleo de
la Fuerza y de las Armas de Fuego, adoptadas por la Asamblea General de
Naciones Unidas mediante Resolución 45/121, de 14 de diciembre de 1990 y; en
concordancia con el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer
Cumplir la Ley, adoptado por la Asamblea General en resolución 34/169 de 17 de
diciembre de 1979; las medidas adoptadas por los agentes de la policía
municipal de Chihuahua bajo las órdenes del Director de Seguridad Pública
Municipal Gilberto Loya, fueron completamente innecesarias y desproporcionales.
El uso innecesario y
desproporcional utilizado por los agentes de la policía municipal de Chihuahua
bajo las órdenes del Director Gilberto Loya, en los hechos constituyeron una
violación al derecho a la integridad física, psíquica y moral, que se consagra
en el artículo 1° Constitucional, en conexión con lo establecido en el artículo
5 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
Juzgados de Distrito:
Resoluciones apegadas a los parámetros internacionales sobre del uso de la
fuerza pública, que garanticen el respeto a los derechos humanos de todas las
personas y que consideren el contexto en el que se actúa.
Poder Judicial: Que se investigue
la actuación, procedencia y falta de criterios con que actuó el Ministro Ejecutor
y, que en su momento se impongan las sanciones administrativas y penales que corresponda.
A la Presidenta Municipal: La
destitución del Director de Seguridad Pública Municipal, por ser el responsable
del operativo en el que se utilizó de manera desproporcionada e innecesaria el
uso de la fuerza; así como por realizar declaraciones calumniosas que promueven
el odio.