ANTE LA IMPOSICIÓN DEL EJECUTIVO EN EL CONGRESO PARA QUE APROBARAN EL
CÓDIGO PROCESAL CIVIL
ANTE LA RESPUESTA PENAL A UN PROBLEMA SOCIAL: RESISTENCIA CIVIL PACÍFICA
Somos los daños colaterales
invisibles de la ola de violencia que azota desde hace años nuestro Estado, la
cual tuvo y sigue teniendo consecuencias desastrosas en el derecho humano a la
vivienda.
El mínimo salario que recibimos se
completa con varios integrantes de la familia que trabajan, con lo cual cubrimos
las necesidades básicas, nos ayuda a sobrevivir, pero es insuficiente para
realizar los pagos de créditos hipotecarios, si a esto le sumamos los fraudes
cometidos por empresarios de la construcción en complicidad con autoridades de
los tres niveles de gobierno , casas sobre valuadas con vicios ocultos,
descuentos ilegales que violentan derechos humanos como los que hace el INFONAVIT,
algunas personas reciben en cero su cheque; construcciones en zonas de alto
riesgo por la contaminación de metales pesados como el plomo, cadmio, mercurio,
cianuro como el caso de “Rinconadas los Nogales“, en donde la complicidad de
autoridades y contratistas, arropados por la corrupción e impunidad y falta de
transparencia nos tienen condenados a una muerte prematura
Denunciamos:
Chihuahua no ha tenido una
política pública de vivienda acorde a la situación de excepción originada por
ser uno de los estados con mayor violencia en la república mexicana. Los
secuestros, robos, asaltos siguen vigentes a pesar del discurso oficial,
obligan al cierre de negocios, recorte de la jornada laboral y esto tiene
consecuencias en el crecimiento de la cartera vencida. Cientos de familias han
abandonado sus viviendas ante la imposibilidad de seguir pagando debido al
desempleo originado por la violencia y las que continuamos defendiendo el
patrimonio familiar, ahora enfrentamos la política de despojo legalizada por
las recientes reformas.
Esta realidad que enfrentamos
miles de Chihuahuenses, según cifras oficiales del poder judicial, tan solo en
la ciudad de Chihuahua de 2010 a febrero
de 2012, se iniciaron 10,983 demandas judiciales para recuperar las
viviendas, por cierto los más vulnerables económicamente, no fue considerada
por las y los diputados que votaron una ley por consigna, sin un análisis
responsable de las consecuencias para nuestras familias, de una legislación que
favorece a empresas extranjeras como bancos y administradoras que compraron la
cartera vencida a precio de oferta, en algunos casos al diez por ciento del valor
de la deuda.
Denunciamos que las leyes por
consigna, sin conocimiento del contexto social no responden a la búsqueda de justicia,
en el caso del código de procedimientos civiles las reformas buscan la
legalización del despojo fast track,
la Ciudad Judicial será una maquila de despojos a las familias.
La oralidad de los juicios
derivados de adeudos por compras de casas habitación, significan que en unas
semanas de iniciada la demanda, miles de familias chihuahuenses seremos
lanzadas a las calles y las viviendas pasaran a formar parte del activo de
empresas extranjeras. La Mediación no tiene opción en un conflicto de intereses
en que la parte actora es un banco y la demandada una obrera de maquila sin
posibilidad de cubrir los adeudos, por más mediación que se intente, el
resultado final será otorgar un tiempo para desalojar la vivienda.
Denunciamos que el Código de
procedimientos civiles es discriminatorio y violenta derechos humanos:
- Es discriminatorio debido a que
no establece procesos especiales que den protección a niños y niñas, personas
con discapacidad, enfermas o adultas mayores cuando enfrentan una orden de desalojo.
Art. 571.
-El nuevo código establece que
con el simple temor de que la persona deudora se ausente o se oculte se puede
solicitar el arraigo y si se quebranta se procede penalmente, es decir estamos
ante la criminalización de la pobreza por deudas. Art. 219 y 225
-Se establece la obligación para
el juez de inscribir las demandas judiciales las cuales serán preferentes a los
créditos laborales o por alimentos a niños y niñas. Art. 372
- La nueva ley limita el derecho
a defender el patrimonio, se concede al deudor la voz únicamente quince minutos
de participación y por una sola vez para hacer alegatos, argumentos importantes
para impedir el despojo, y no se tiene derecho de réplica ni contra replica.
Art. 264
- El Código de Procedimientos,
incentiva la corrupción de actuarios y jueces/juezas al otorgarles facultades
discrecionales
- Se rompe con el principio de
oralidad y publicidad, al otorgarles a jueces en los artículos 78 y 98 facultad
para realizar audiencias privadas, y además las audiencias se celebraran
concurran o no las partes. En los juicios orales de materia penal, las
excepciones a los principios que son pilares del sistema oral no se dejan al
arbitrio del juzgador
- En el párrafo tercero del
dictamen de la reforma al código procedimental se establece que “se escucharon a las mujeres” es falso,
la consulta ciudadana fue un acto de simulación
- El C.P.P. No establece
mecanismo de protección cuando sean llamados a juicio a personas menores de
edad o con capacidades diferentes.
- Según el Código de Comercio, la
cuantía para la competencia de juicios orales son aquellos menores a 547 mil
pesos, es decir los pobres son los que enfrentaremos la justicia pronta y
expedita para ser despojados de nuestro patrimonio
Estos son solo algunos de los ejemplos que
permiten ver que a pesar de la reforma constitucional en materia de derechos
Humanos y de que México es reconocido en la región como el país que más ha
firmado convenios Internacionales, en el caso de la vivienda el marco legal que
las y los diputados de Chihuahua reformaron, no se encuentra homologado a estos
convenios ni se respetan los parámetros internacionales en materia de vivienda
debido a que son desconocidos tanto por el Gobernador, las y los juzgadores, así
como por los diputados /as que avalaron la reforma de despojo.
Los principales problemas: la vivienda no es
reconocida como un derecho humano, es considera como una mercancía que se
coloca en el mundo bursátil. Para favorecer a las empresas extranjeras a
quienes se ha vendido la cartera vencida, se ha emitido leyes que facilitan los
desalojos violentos y dejan en total indefensión en franca contravención de los
parámetros internacionales de protección a niños / as adultos mayores o
enfermos como es el resultado de la reforma en materia procesal civil del congreso
de Chihuahua, en el año de la justicia.
Las reformas a los códigos procesales
civiles afectan mayormente a las personas, que de por sí ya se encuentran en
vulnerabilidad como son las mujeres, personas con alguna discapacidad, en
situación de pobreza (madres solteras, trabajadoras de maquilas, con la
responsabilidad del cuidado y manutención de hijos/as) etc., causando con ello
la triple discriminación. Por los plazos tan cortos para contestar
demandas e ir al juicio oral, significa que ellas tendrán que buscar en forma
inmediata a un abogado que las represente, ellas acudirán a la Defensor/a de
Oficio, institución pública que en este momento no está brindando ese servicio.
Y aún cuando el estado tiene la obligación de proporcionar los servicios
jurídicos de una defensa adecuada, esto no está sucediendo, dejando en un
estado de indefensible a las personas que de por si se encuentran en desventaja
histórica y sin acceso a la justicia.
Ejemplos:
-No toman en cuenta las
desigualdades entre hombres y mujeres.
-No hay una disposición expresa
que prohíba la discriminación por motivos de edad, género, discapacidad,
condición social, con la finalidad de garantizar la igualdad en los procesos
civiles
-No hay disposición expresa de
consideración especial cuando se trate de grupos vulnerables.
-El tiempo de los alegatos de las
partes para defender sus peticiones es muy corto y sin derecho a réplica,
limitando la defensa de sus derechos.
-No observa los lineamientos
emitidos por el comité de Derechos Económicos sociales y culturales de la ONU
en materia de vivienda.
Exigimos:
Revisión del Código procesal civil en base a estándares internacionales de
derechos humanos
Atención integral a la problemática de la vivienda
Firma del convenio de atención a la salud y viviendas de victimas de contaminación Rinconadas
los Nogales
Justicia para Ismael, Manuelita y Alberto
defensores del Barzón asesinados
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