jueves, 23 de mayo de 2013

Ganan Vendedoras y Vendedor Ambulantes de El Barzón, amparo definitivo en contra de la Presidencia Municipal de Chihuahua.



El equipo jurídico del Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (CEDEHM), presentó 50 amparos de integrantes de la Unión de Vendedores Ambulantes de El Barzón por el ilegal desalojo que sufrieron el pasado 6 de enero del año en curso; cuatro de los amparos ya fueron resueltos y obtuvieron sentencia definitiva, en las próximas semanas llegará la resolución del resto de amparos presentados.

El Lic. Ignacio Cuenca Zamora, Juez octavo de Distrito,  resolvió a favor de Miriam Trevizo García vendedora de bonetería, Juana Morales Cortez vendedora indígena de artesanías y Teresa Luciana Sánchez indígena que vende dulces, y de Fernando Martínez Bernal vendedor de elotes.

Las Autoridades Municipales que resultaron responsables de violación de derechos humanos son ​​​ Marco Adán Quezada Martínez, Presidente Municipal de Chihuahua; ​​​​ Eloy García Tarín, Ex secretario del Ayuntamiento; Javier Torres Cardona, Subdirector de Gobernación Municipal; Yuri Andreivich Ortega Mundo,​​​ Jefe de Inspectores de Municipio;  y Carlos Vázquez Cano, Director de Obras Públicas Municipales.

Los argumentos de las Abogadas del Centro de Derechos Humanos de las Mujeres, basan su denuncia en el desalojo arbitrario, que sin previa notificación condenó a las familias a la pobreza extrema y violentó sus derechos humanos.

El Juez Federal dio la razón a las defensoras de derechos humanos y argumento en la sentencia de Amparo que:

"Ante el deber de las autoridades Municipales de proteger el tránsito de los espacios públicos y con independencia de la urgencia de las obras y que no tengan permiso vigente  los vendedores ambulantes. La Autoridad Municipal no debió desconocer o minimizar  la realidad que ubica a los ambulantes en un estado de marginalidad y exclusión del mercado laboral, al tener sólo la opción de dedicarse a actividades comerciales informales, para que a partir de esa ponderación de vulnerabilidad, conciliar el conflicto entre el interés social y el privado.”

“Deben reconocerse grupos en situación de vulnerabilidad, también conocidos como grupos sociales en condiciones de desventaja, cuya condición demanda acciones gubernamentales integrales que les permitan llevar una vida digna y con mejores posibilidades de bienestar, en estos casos especiales, las autoridades tienen la obligación moral y política de conciliar el interés público y social en forma proporcional y  armoniosamente los derechos y deberes en conflicto, lo cual no demostraron que se haya efectuado…”

El juez determinó que: “se violaron los  derechos humanos  a los vendedores ambulantes, en concreto el derecho al trabajo, debido a que las autoridades no garantizaron un mínimo de subsistencia digna y autónoma protegido por la Constitución, evitando que las personas se vean reducidas en su valor como ser humano por no contar con las condiciones materiales que le permitan llevar una existencia digna, por lo que cualquier plan o política de recuperación de bienes de uso común, que implique el retiro de ambulantes de lugares que eran tolerados, debe estar encaminada a una política dirigida  a impedir la afectación desproporcionada de los intereses y sus efectos negativos.”


Las obligaciones que derivan de este amparo, por parte de las autoridades municipales son las siguientes:

Una vez notificado el amparo, tienen tres días para ofrecer opciones de dos lugares a  cada uno de los vendedores ambulantes, que tenga mínimamente los siguientes requisitos:
1.    Una debida ubicación,
2.    que exista transporte público,
3.    que haya flujo de clientes.

El Municipio deberá notificar al Centro de Derechos Humanos de las Mujeres las dos opciones de lugar que están ofreciendo con los requisitos antes señalados, las vendedoras y el vendedor ambulante elegirán el lugar y se les extenderá  el permiso, si no están de acuerdo con las propuestas, por escrito informarán al juez federal las razones para no aceptar los lugares que se les ofrece.

El Juzgado Octavo de Distrito recordó a las autoridades municipales que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que cuando haya una medida gubernamental, en este caso la remodelación del Centro de la Ciudad, debe evitarse que con su aplicación se vulnere el principio de igualdad y no discriminación.


En conclusión se concede el amparo de la justicia federal respecto a la restitución en el pleno goce de la garantía individual violadas. 


¡Por una auténtica cultura de la legalidad!

Centro de Derechos Humanos de las Mujeres
Unión Vendedores Ambulantes de El Barzón

jueves, 2 de mayo de 2013

¿Cultura de la legalidad o el uso de la ley para criminalizar la protesta social?

Los Ejidos Constitución y Benito Juárez dos casos de aplicación selectiva de la Cultura de la legalidad.


PREDIO EL CALERO


El Ejido Constitución del Municipio de Buenaventura, está en la Cuenca Hidrológica del Río del Carmen, en zona de veda para la extracción de agua. La señora Eva Hart, deforestó 725 hectáreas para abrirlas al cultivo sin el permiso de uso de suelo, perforó ilegalmente 5 pozos que dejarán al pueblo sin agua y estaba a punto de electrificarlos. Los ejidatarios de Constitución acudieron a las instancias legales correspondientes, la PROFEPA le fincó responsabilidad administrativa por dos millones 750 mil pesos por el desmonte y la obligación de reforestar, la sanción nunca se ejecutó. En septiembre de 2012 los ejidatarios la denunciaron en la PGR por delitos ambientales. Por si fuera poco, de acuerdo a la Resolución Presidencial de fecha 18 de agosto de 1977, los terrenos que actualmente tiene en posesión la Sra. Hart corresponden al Ejido Constitución.


Ante los oídos sordos y la nula actuación de las autoridades a las denuncias presentadas, la comunidad decidió en un acto de resistencia civil pacífica, derrumbar 25 postes de concreto para electrificar que fueron instalados ilegalmente en terrenos de su ejido. Eva Hart los denunció penalmente por el delito de daños. Los ejidatarios pueden ir a la cárcel hasta por 12 años.



MINERA CANADIENSE MAG SILVER


Corrompió para obtener una concesión minera y sin cumplir con los requisitos legales la minera Cascabel filial de Mag Silver realizó trabajos de exploración en el Ejido Benito Juárez, cuyo permiso les fue negado en tres ocasiones por la asamblea ejidal, las muestras de materiales fueron depositados dentro del área común del ejido.


La concesión de Mag Silver, al igual que otras que fueron otorgadas en el país sin la debida información, consulta y consentimiento de los Pueblos en que se asientan los minerales, como obliga el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, son nulas de pleno derecho y deben ser canceladas.


Ante la firme decisión del movimiento Barzonista, cuyo bastión principal se encuentra enclavado en la comunidad de Benito Juárez, la mina respondió ordenando el asesinato de los defensores de derechos humanos, Ismael Solorio y Manuelita Solís, así lo señalan las líneas de investigación de la Fiscalía sobre estos impunes crímenes.


Después del asesinato de los dirigentes Barzonistas, la comunidad exigió al gobierno y a la empresa que sacaran el material de la comunidad, se pactaron y firmaron plazos, no cumplieron, ante tal situación, el pueblo se organizó y en un acto de resistencia civil pacífica trasladó fuera del ejido, sin daño, ni robo, ni violencia, las cajas que contenían el material de exploración. La empresa canadiense solicita el cumplimiento de la cultura de la legalidad y demanda por daños a los defensores de Derechos Humanos de El Barzón a quienes les exige el pago de 40 millones de dólares equivalentes a 496 millones de pesos.


La Jornada por la Justicia que diversas organizaciones realizamos en febrero derivó en 5 mesas de trabajo para resolver las diversas problematicas, son una simulación, nada se ha resuelto, pero ahora si la Fiscalía General del Estado y el Supremo Tribunal de Justicia andan muy activos iniciando juicios contra los ejidatarios de Constitución e integrando las carpetas de investigación contra los dirigentes de El Barzón. El Fiscal General ha declarado nadie está exento de la ley, ningún grupo, ninguna persona, ningún individuo, todos tenemos que cumplir con la ley


Para el Gobierno del Estado la Cultura de la Legalidad protege a los que corrompen autoridades, depredan el medio ambiente, perforan y electrifican pozos ilgalmente, se acaban el agua de las poblaciones, golpean y asesinan.


Para el Gobierno del Estado la Cultura de la Legalidad significa todo el peso de la ley para las y los defensores de Derechos Humanos que se organizan protestan y exigen.


Protestar es un derecho, reprimir es un delito.


Movimiento Resssiste
El Barzón Chihuahua
Centro de Derechos Humanos de las Mujeres
Red por la Participación Ciudadana 
Vendedores Ambulantes 1° de Mayo de El Barzón
Mujeres por México en Chihuahua
Centro de Atención a la Mujer Trabajadora
Cosyddhac
Braceros "En vida queremos nuestro pago"
Comite Medico Ciudadano Cd. Juárez
Mujeres Barzonistas
Consultoría Técnica Comunitaria
Consejos Supremos de la Tarahumara
Red Mesa de Mujeres
Arte, comunidad y equidad
Casa Amiga
Grupo Compañero
Mujeres de Pacto
Centro de Derechos Humanos Paso del Norte
Observa Ciudadana
Red de la infancia
Consejo Ciudadano por el Desarrollo